TRANSPARENCIA

TRANSPARENCIA

Muchas veces olvidamos que las administraciones publicas están para servir a los ciudadanos, aunque a menudo parece lo contrario.

Por ello las administraciones publicas disponen de mecanismos para que la ciudadanía las pueda fiscalizar.  Fiscalizar significa que la ciudadanía tiene el derecho -por interés legítimo- a acceder a la información acerca de cómo están legislando los políticos, qué decisiones toman, qué hacen con los impuestos que pagamos,  qué patrimonio y sueldos tienen, a quién contratan, etc.

Así nace la Ley 19/2014, de 29 de diciembre 2014, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (Cataluña), enfocada específicamente en las obligaciones de la Administración Local (Ayuntamientos, Consejos Comarcales y Diputaciones).

Gracias a esta Ley,  la Plataforma Vecinal -promotora de esta web- hemos podido obtener mucha información en el portal de transparencia de los ayuntamientos de La Bisbal y de Sant Jaume (actas de plenos y de juntas de gobierno, etc), aunque no siempre la información está clara ni es fácil de localizar.

Nuestros ayuntamientos tienen la obligación de exponer la información de la gestión municipal, si bien no siempre está todo actualizado, ni está disponible toda la información que exige la Ley.

LA LEY DE TRANSPARENCIA

Veamos en primer lugar qué dice la Ley, antes de valorar el estado de Transparencia de nuestros dos municipios.

Obligaciones de Publicidad Activa
¿Qué deben publicar los ayuntamientos?

La administración local debe publicar de forma proactiva (sin que nadie se lo pida) en su Portal de Transparencia o sede electrónica la siguiente información:

Información Institucional y Organizativa (Arts. 8 – 10)

  • Funciones y estructura: Organigrama actualizado y perfiles profesionales de los responsables.
  • Acuerdos: Resoluciones de alcaldía y actas de los Plenos (salvo datos protegidos).
  • Agenda: La agenda institucional de los cargos electos.

Gestión Económica y Presupuestaria (Arts. 11 – 15)

  • Presupuestos: Detalle de las partidas presupuestarias y su estado de ejecución.
  • Cuentas anuales: Informes de auditoría y de fiscalización.
  • Subvenciones: Relación de subvenciones otorgadas y percibidas.
  • Patrimonio: Inventario de bienes inmuebles de dominio público y patrimoniales.

Contratación Pública (Art. 13)

  • Contratos: Todos los contratos firmados, incluyendo los menores (estos últimos deben publicarse trimestralmente).
  • Licitaciones: Anuncios, pliegos de condiciones y resoluciones de adjudicación.

Planificación y Normativa (Arts. 16 – 17)

  • Planes y programas: Planes de actuación municipal y su grado de cumplimiento.
  • Normativa: Ordenanzas municipales y reglamentos en trámite.

¿Quien debe actualizar la información de transparencia?

  • Responsabilidad Política: Recae sobre el Concejal de Transparencia (o el propio Alcalde si no ha delegado la competencia). Él es el responsable de que existan los recursos y la voluntad política de publicar los datos.
  • Responsabilidad Técnica: Cada departamento (Urbanismo, Intervención, Recursos Humanos) es responsable de generar y volcar sus propios datos. No hay una sola persona que «teclee» todo, sino que es un trabajo transversal coordinado normalmente por el área de Secretaría o Sistemas de Información.

El Consorci AOC: En ayuntamientos pequeños como Sant Jaume dels Domenys o La Bisbal del Penedès, la plataforma técnica la proporciona el Consorci Administració Oberta de Catalunya (AOC), pero el contenido sigue siendo obligación exclusiva del personal del ayuntamiento.

PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

Cualquier persona (física o jurídica) puede solicitar información pública sin necesidad de justificar un interés personal.

Paso 1: Presentación de la Solicitud (Art. 26)

  • ¿Dónde? Preferiblemente por la Sede Electrónica del Ayuntamiento o presencialmente en el Registro General.
  • Contenido: Identificación del solicitante, exposición clara de la información que se pide y una dirección de contacto.

En el ayuntamiento de Sant Jaume dels Domenys lo puedes solicitar aquí

En el ayuntamiento de la Bisbal del Penedes lo puedes solicitar aquí.

CONSEJO

Cuando solicites información a través del portal de transparencia haz siempre referencia a la Ley 19/2014 y dirige la solicitud a Alcaldía, ya que es el órgano superior de la administración municipal.

Paso 2: Tramitación (Arts. 29 – 32)

  • Inadmisión: Si la información es inexistente, son notas internas sin valor administrativo o requiere una tarea compleja de elaboración (Art. 29).
  • Audiencia a terceros: Si la información afecta a derechos de terceras personas (ej. datos personales de un trabajador), se les da 10 días para que aleguen.

Paso 3: Resolución y Plazos (Art. 33)

  • Plazo general: La administración debe responder en un máximo de 1 mes.
  • Prórroga: Si el volumen o complejidad de la información lo justifica, se puede ampliar 15 días más (notificándolo previamente).
  • Silencio Administrativo: Si pasa el mes y no hay respuesta, el silencio es positivo (se entiende concedida la información), a menos que existan límites legales que lo impidan.

RECUERDA

No olvides indicar por qué vía quieres que te respondan (e-mail, teléfono) y anota siempre la fecha de solicitud de la información para poder hacer un seguimiento del cumplimiento de los plazos de respuesta y, en su caso, elevar la petición a entidades como la GAIP o la Sindicatura de Greuges, a las que la administración deberá contestar si no lo hace en plazo al solicitante.

límites al derecho de acceso

 

La administración puede denegar o dar acceso parcial si la información afecta a:

  • Intereses económicos y comerciales de la administración.
  • La seguridad pública o la protección de datos personales especialmente protegidos (salud, ideología, etc.).
  • Secretos comerciales o propiedad intelectual.

RECUERDA

No es necesario explicar cual es el interés por el que se solicita la información relacionada con la transparencia (aunque lo puedan llegar a preguntar).
Es OBLIGACION de los ayuntamientos informar de la acción de gobierno a la ciudadanía y mantener actualizada la información requerida en la Ley de transparencia.

qué hacer si no responden o deniegan la información

Si se cumple el plazo y no has recibido respuesta, o si la resolución deniega lo que pediste, tienes dos vías de reclamación:

A. Reclamación ante la GAIP (Vía Administrativa – Recomendada)

B. La Síndica de Greuges

Actúa como defensora si consideras que ha habido una mala gestión o falta de respuesta.

  • Función: No puede obligar legalmente como la GAIP, pero su resolución pública ejerce una presión política y ética enorme sobre el ayuntamiento.
  • Enlace:  https://www.sindic.cat/es/page.asp?id=65

C.  Recurso Contencioso-Administrativo (Vía Judicial)

El ultimo recurso siempre es la denuncia a la justicia.

Costes: Las costas judiciales en función de lo que se reclame y lo que posteriormente se recurra.

Plazo: 2 meses desde la notificación o la resolución de la GAIP.

Requisito: Necesitas abogado y procurador (conlleva costes).

resumen de plazos clave

ConceptoPlazo
Respuesta del Ayuntamiento1 mes (ampliable a 1 mes y 15 días)
Alegaciones de terceros10 días
Reclamación ante la GAIP1 mes desde la resolución/silencio
Resolución de la GAIP2 meses (prorrogables)

la transparencia en sant jaume dels domenys

El Ayuntamiento de Sant Jaume dels Domenys utiliza la plataforma estándar de la Generalitat (Seu Electrònica/EOCAT) y a través de su propio portal web

El 4 de julio de 2016 , colgaron este documento de InterParticipa  (proyecto de investigación y plataforma de la UAB) que certifica la calidad de la información publica de Sant  Jaume y es bastante demoledor.

En general desde entonces no ha mejorado la transparencia. De hecho incluso hay links que no llevan a ninguna información (por ejemplo la información económica y currículums de los cargos electos) , información que en muchos casos no está actualizada, e incluso información que ni se preocupan en colgar (contratos de servicios públicos, listados trimestrales de los contratos menores, seguimiento de ejecución de presupuestos , actuaciones de control de la oposición, inventario de bienes municipales).

Análisis y puntos de mejora

  • Puntos Fuertes:
    • Cumplimiento estructural en la publicación de actas de pleno y juntas de gobierno.
    • Normativas y  ordenanzas fiscales están , aunque se podrían mejorar la indexación y orden para que el acceso a la información sea más intuitivo. Hay información pero no siempre es fácil de encontrar.
    • Quienes son los Regidores y que cargos ocupan, e incluso como contactar con ellos via email.
    • Los plenos municipales se pueden escuchar en directo o en diferido en la Web de Domenys Radio, pero no están colgados los links en la web de transparencia.

  • A mejorar:
    • La información de los cargos electos (curriculums i datos de sus bienes y sueldos municipales)
    • la información de la estructura de los altos cargos técnicos del consistorio (quine es el secretario, abogado ,arquitecto, ingeniero,etc)
    • La actualización de las agendas institucionales
    • Detalle trimestral de las facturas de contratos menores
    • Contratos públicos de los servicios contratados ( Aqualia, limpieza y residuos, mantenimiento enllumenat publico, etc…)
    • Estructura sencilla de los convenios con otras entidades  (diputación, Consell comarcal,etc..) 
    • Acciones de control de la oposición
    • Seguimiento y despliegue de los presupuestos municipales y su ejecución según lo previsto
    • Patrimonio de los bienes municipales
    • A quien se subvenciona
    • No es fácil encontrar el perfil del contractant donde se informa de cualquier licitación que haga el ayuntamiento
    • No se publican (por que no se hacen) las actas de las comisiones de seguimiento y control del servicio municipal de agua, que deberían ser trimestrales.

la transparencia en la bisbal del penedès

Se puede acceder al portal de  transparencia del Ayuntamiento de la Bisbal a través de este link directo.

Aunque buceando en la web del ayuntamiento también se puede acceder a bastante información.  Tienen un buscador de noticias que funciona bastante bien. Y poniendo la palabra clave que busques , aparecen noticias con informaciones relacionadas a esa palabra clave. Aunque no siempre muestra las noticias en orden cronológico.

La web en general es más intuitiva que la de sant Jaume, cuando tienes que acceder a la información del consistorio.

Análisis y puntos de mejora

  • Puntos Fuertes:
    • Buena accesibilidad a la normativa local y ordenanzas fiscales.
    • suele tener un índice de cumplimiento algo más estructurado que otros municipios
    • La estructura facilita la forma de acceder a las actas de plenos y juntas de gobierno, aunque las actas anteriores a 2017 se están acondicionando al portal  y si se requiere alguna información hay que solicitarlo al correo electrónico  info@bisbalpenedes.com
    • Las actas incluyen Videoactas a partir del 2019. A veces las actas escritas no recogen las reacciones , matices reacciones de los políticos
  • A mejorar:
    • La claridad en la publicación de las subvenciones otorgadas a entidades locales
    • Retribuciones y Dietas: A menudo los datos de lo que percibe cada concejal por asistencia a plenos o juntas no están actualizados al año corriente
    • Contratos Menores: Existe un retraso habitual en la publicación del listado trimestral de contratos menores (aquellos de servicios <15.000€ u obras <40.000€).
    • Coste de las Campañas de Publicidad: Poca claridad en lo que el ayuntamiento gasta en anuncios institucionales y prensa.
    • Resoluciones Judiciales: Falta de información sobre sentencias que afectan al ayuntamiento.
    • Planificación Estratégica: Falta de planes de actuación municipales detallados con indicadores de cumplimiento (no basta con el programa electoral).

ANEXO: SOLICITUDES-TIPO

SOLICITUD/INSTANCIA AL AYUNTAMIENTO

A la atención del alcalde/alcaldesa / secretario/secretaria de [Nombre del Ayuntamiento]

D/Dª [Tu nombre], con DNI [Tu DNI], en ejercicio del derecho de acceso a la información pública regulado en la Ley 19/2014, SOLICITO:

  1. [Descripción clara de los documentos, ej.: Copia de las facturas de la fiesta mayor de 2024].
  2. Que dicha información me sea remitida por vía electrónica al correo [Tu email].

Atentamente,

[Firma]

En el ayuntamiento de Sant Jaume dels Domenys lo puedes solicitar aquí.

En el ayuntamiento de La Bisbal del Penedès lo puedes solicitar aquí.

RECLAMACIÓN AL GAIP
(SI NO RESPONDEN EN UN MES)

A la Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública (GAIP)  Enlace de la GAIP

D/Dª [Tu nombre], con DNI [Tu DNI], el pasado día [Fecha] en ejercicio del derecho de acceso a la información pública regulado en la Ley 19/2014, presenté solicitud de información ante el Ayuntamiento de [Municipio] (se adjunta copia).

Habiendo transcurrido el plazo legal de un mes sin haber recibido respuesta alguna, presento RECLAMACIÓN contra dicho ayuntamiento para que se le inste a facilitar la información solicitada de forma inmediata.

en resumen…

RECUERDA

Ejercer estos derechos es la mejor manera de asegurar que nuestros ayuntamientos funcionen con integridad.

No dudes en preguntar !

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