Placas solares en El Papagai: ¿licencia o comunicación previa?

Todo lo que necesitas saber para instalar placas fotovoltaicas en tu vivienda

Si estás pensando en instalar placas solares en tu casa de la urbanización El Papagai, hay una buena noticia: no necesitas solicitar una licencia de obras municipal. Basta con presentar una comunicación previa a través de la sede electrònica del Ayuntamiento (La Bisbal o Sant Jaume). Te explicamos por qué.

¿Por qué no hace falta licencia?

La instalación de placas fotovoltaicas se acoge a un régimen simplificado que permite tramitar por comunicación previa o declaración responsable todas aquellas obras que:

  • No afectan a la estructura del edificio
  • No modifican el volumen ni la fachada de la vivienda
  • No alteran las condiciones de seguridad

Es decir, obras reversibles y de bajo impacto urbanístico, exactamente como las placas solares.

¿qué dice la normativa en Catalunya?

El Decreto-ley 16/2019, de medidas urgentes para la emergencia climática, modificó la Ley de urbanismo de Cataluña (art. 187 del Decreto Legislativo 1/2010) para establecer que las instalaciones de paneles solares fotovoltaicos no requieren licencia de obras y basta con una comunicación previa. Además, su artículo 9 bis permite instalarlas sobre cubiertas sin modificar el planeamiento urbanístico.

Artículo 5.11 (añade la letra h) al artículo 187 bis del TRLU — obras que se tramitan por comunicación previa):

«h) Las instalaciones de producción de energía eléctrica mediante paneles solares fotovoltaicos en los términos que establece el artículo 9 bis.»

Artículo 5.10 (añade la letra o) al artículo 187.1 del TRLU — obras que siguen sujetas a licencia, dejando fuera las fotovoltaicas):

«o) Las instalaciones de producción de energía eléctrica, excepto las relativas a la instalación de paneles solares fotovoltaicos, en los términos que establece el artículo 9 bis.»

Como vemos, el mecanismo es doble: el art. 187 bis.h) agrega las placas fotovoltaicas en la lista de obras que solo requieren comunicación previa, y el art. 187.1.o) las excluye expresamente de la lista de licencias.

Además, el artículo 5.1 añadió el artículo 9 bis del TRLU, que permite implantarlas sin modificar el planeamiento (sobre cubierta: máximo 1 m de altura sobre cubierta plana, o adosados en paralelo sobre cubierta inclinada).

¿En qué consiste la comunicación previa?

Es un procedimiento mucho más ágil que la licencia. Consiste en comunicar al Ayuntamiento la intención de realizar la obra antes de empezar, aportando la documentación técnica correspondiente (que suele preparar el instalador autorizado). El Ayuntamiento verifica la comunicación y, si todo está en orden, la obra puede comenzar sin esperar a un procedimiento de autorización largo.

¿Cómo se presenta?

El trámite se puede hacer de forma totalmente telemática a través de la sede electrònica del Ayuntamiento:

🔗 Sant Jaume – Comunicació previa d’obres o subjectes a règim d’assabentat

🔗 La Bisbal – Declaració Responsable o Comunicació en Matèria Urbanística

¿debo esperar respuesta?

NO es necesario. Las obras pueden empezar desde el momento de la comunicación sin esperar resolución.

Art 72.3 del Reglamento de Protección de la Legalidad urbanística

Art.72.3 «Con carácter general, la persona interesada está habilitada para ejecutar el acto de que se trate desde el momento de la presentación de la comunicación previa y de los documentos requeridos, excepto lo que, de acuerdo con la legislación sobre régimen local, establezcan las ordenanzas municipales sobre uso del suelo y edificación y lo que dispone el artículo 75.2 para la primera utilización y ocupación de los edificios y las construcciones».

No obstante en las actas de la Junta de Gobierno Local suele recogerse que el ayuntamiento se da por enterado de la comunicación.

BONIFICACIONES

Sant Jaume dels Domenys

En Sant Jaume se aprobó la ordenanza numero 20, que establecía una bonificación del 30 % de la cuota del IBI por la instalación de placas solares fotovoltaicas de autoconsumo durante 5 períodos impositivos (5 años) desde su aplicación.

No obstante esa ordenanza se modificó por pleno de 16/12/2021 estableciendo un calendario por el que la duración de esa bonificación se reducía paulatinamente hasta desaparecer.

Enlace al trámite en la sede electrónica:
https://santjaumedelsdomenys.eadministracio.cat/catalog/t/4f89832a-e472-4c39-bbd4-d519e35946dd

La Bisbal del Penedès

Bonificación del 50 % de la cuota del IBI por la instalación de placas solares fotovoltaicas de autoconsumo

3 períodos impositivos (3 años) desde su aplicación

Enlace al trámite en la sede electrónica:
https://bisbalpenedes.eadministracio.cat/catalog/t/4f89832a-e472-4c39-bbd4-d519e35946dd

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